La Secretaría de Educación en el Estado (SEE), informa que previo a la autorización para la realización de actividades presenciales en escuelas de educación media superior y superior, las autoridades educativas deberán seguir todas y cada una de las disposiciones establecidas en el Protocolo para prevenir contagios durante el regreso progresivo a clases presenciales en escuelas públicas y privadas de Michoacán.
Por lo anterior la SEE especifica que en los planteles de educación media superior y superior, será indispensable que se cumplan con los siguientes requisitos: Contar con un Comité Participativo de Salud Escolar, el cual se puede conformar a través de la dirección electrónica: https://see.gob.mx/comitesalud.
En cada plantel, se deberá imprimir, estudiar y firmar su propio Protocolo Escolar, para el cual la SEE pone a disposición un modelo de dicho protocolo en la dirección electrónica: https:/aulas.see.gob.mx/modelos/.
Las acciones descritas en el modelo son una propuesta mínima de apoyo escolar. Cada Centro Escolar implementará las propias en función de las necesidades y características de su contexto, que podrán superar las del modelo, pero no ser menores. Una vez teniendo el protocolo deberá entregarse una copia a la Secretaría de Educación en el Estado, a través del correo electrónico protocolocovid@see.gob.r y a la Jurisdicción Sanitaria de la Secretaria de Salud correspondiente.
Un requisito más será que cada persona que ingrese a las escuelas a partir de la autorización debe suscribir una carta responsiva en la que se dé por enterado y asuma el riesgo personal que implica contraer la enfermedad por COVID-19 al entrar en contacto con la comunidad escolar.
De igual forma se comunica que todas las medidas establecidas por el Protocolo son de carácter obligatorio y una vez reactivadas las actividades presenciales, la asistencia a las escuelas será voluntaria, exclusivamente para las alumnas y alumnos.
Ante ello la SEE pide distribuir la información para los efectos procedentes, conforme al ámbito de sus respectivas atribuciones a funcionarios públicos y personal administrativo de oficinas del sector educativo, jefes de sector, jefes de enseñanza, supervisores, directores generales, directivos, académicos, docentes, padres madres de familia y estudiantes de planteles públicos y privados de educación básica, media superior y superior en el Estado, respetando la autonomía de las instituciones con dicha característica. La circular completa, puede ser consultada en el link https://aulas.see.gob.mx/.