Aprueba Senado reformas para garantizar legalidad en procedimientos administrativos sancionadores

Habrá mayor certeza jurídica y se evitarán abusos por parte de autoridades, afirma Rafael Espino

Con 85 votos a favor, el Senado aprobó un dictamen por el que se reforman, adicionan y derogan disposiciones de 14 leyes en materia financiera, a fin de garantizar los principios de legalidad, seguridad jurídica, debido proceso, garantía de audiencia y acceso a la justicia en los procedimientos administrativos sancionadores.

El presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, Ernesto Pérez Astorga, afirmó que se busca dotar de plena certeza jurídica a las instituciones financieras, sobre las reglas con las que la autoridad administrativa competente desarrollará sus facultades de inspección y vigilancia.

Explicó que, con estos cambios, se fortalece el principio de debido proceso, en favor de las financieras; además, se norma el actuar de la autoridad administrativa, con lo que se determina y delimita su actividad, para que el operador jurídico aplique la norma sin confusiones.

Por su parte, el senador Rafael Espino de la Peña dijo que las modificaciones darán certidumbre y establecerán un plazo razonable para el inicio del proceso administrativo sancionador, así como contar un debido proceso y una defensa adecuada, ya que actualmente no se precisan los tiempos de inicio y término de éstos.

El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda expuso que, con la homologación, se promueven la eficacia y la eficiencia en la administración de justicia, se evitará la demora excesiva en la resolución y se asegurará que las sanciones se apliquen de forma oportuna.

Con la aplicación de estas normas, subrayó, habrá mayor certeza jurídica, se evitarán abusos por parte de autoridades, quienes, “muchas veces, dilatan el inicio de un procedimiento administrativo, para generar deliberadamente incertidumbre, lo que promueve la corrupción”.

Además, se contribuirá a una adecuada rendición de cuentas, al cumplir con plazos establecidos y, en caso de no hacerse, la sanción podrá invalidarse, “esto es lo más importante, se le da una garantía al gobernado, por si la autoridad no actúa, se puede invalidar todo el proceso sancionador”.

El dictamen, que se turnó a la Cámara de Diputados, modifica las leyes para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, de Instituciones de Crédito, del Mercado de Valores, así como la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.

Además de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito; las leyes para Regular los Sociedades de Información Crediticia, la de Fondos de Inversión, la de Ahorro y Crédito Popular, la de Ley para Regular los Actividades de los Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.

También la Ley de Uniones de Crédito, Ley para Regular los Instituciones de Tecnología Financiera, Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

CCC 12:21

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