La Comisión Estatal de los Derechos Humanos en Michoacán emitió una medida cautelar dirigida a la Secretaría de Educación Pública para hacerla del conocimiento que uno de los aspirantes a ocupar cargo de director en una Universidad Pública tiene una recomendación emitida por este organismo constitucional autónomo por acoso laboral y discriminación.
En ese sentido, la CEDH precisa que: se atiende además a la jurisprudencia de la Corte Interamericana y Europea de Derechos Humanos, han determinado que de las garantías a los principios básicos en materia de nombramientos deben destacarse la integridad, idoneidad y formación o calificaciones apropiadas, sumado a que, el Consejo de Europa evoca como criterio marco de utilidad, el que todas las decisiones relacionadas con la carrera profesional, deben estar basadas en criterios objetivos, méritos personales, calificación, integridad, capacidad y eficiencia.
En el sentido señalado, la Corte Interamericana ha destacado también, que todo proceso de nombramiento, debe tener como función, no solo la escogencia según los méritos y calidades del aspirante, sino el aseguramiento de la igualdad de oportunidades, a través de mecanismos objetivos de selección.
Es importante mencionar que la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Michoacán trabaja ya en la elaboración de una propuesta para que se cree un padrón nacional de violadores de Derechos Humanos, a fin de evitar que pasados unos meses sean reinstalados en centros de trabajo en otros municipios o estados, burlando así a las autoridades y a la ciudadanía en general.
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