La reforma a la Ley Federal de Competencia Económica mantiene avances técnicos como la investigación y sanción de prácticas monopólicas, e incluye mejoras como mayor vigilancia sobre fusiones y beneficios para empresas con buenas prácticas.
También plantea una nueva autoridad: la Comisión Nacional Antimonopolios, con menor independencia que la extinta Cofece, lo que puede debilitar su capacidad de actuar con base técnica y sin presiones políticas.
Además, permite a los contratistas de las empresas estatales (como Pemex y CFE) quedar fuera de las reglas de competencia, lo que podría favorecer la aparición de nuevos monopolios y dañar a los consumidores.
Desde México Evalúa reconocemos los avances y aspectos positivos que contiene la propuesta de reforma a la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) y a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales (LFEP), presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum el pasado 24 de abril y que se encuentra en proceso legislativo.
Sin embargo, también observamos diversos riesgos que consideramos podrían afectar el bienestar de los consumidores, el desarrollo eficiente de los mercados y la libertad de empresa en México. Todas las modificaciones aquí presentadas se refieren a la LFCE.
Aciertos
Continuidad técnica
La iniciativa parte del reconocimiento a los logros alcanzados con la política de competencia desarrollada entre 2013 y 2023. Destaca, por ejemplo, que durante ese periodo se analizaron 1,497 casos en los que grandes negocios se fusionaron o uno compró a otro (lo que se conoce como concentraciones) con un valor de 9.8 billones de pesos, y se impusieron multas por cerca de 13 mil millones de pesos a empresas (o agentes económicos) que incurrieron en conductas anticompetitivas comprobadas.
Mecanismos de control
También destaca el fortalecimiento en la vigilancia de nuevas fusiones o adquisiciones de empresas, así como favorecer a las empresas que se certifiquen por buenas prácticas en competencia. Otro avance loable es el impulso a la promoción de acciones colectivas, que son demandas legales en las que un grupo de consumidores afectados por una o varias empresas puede exigir una compensación.
Riesgos
Doble estándar legal
Uno de los problemas más serios de la propuesta está en el artículo 6, que amplía el llamado “régimen de excepción”. Éste es un conjunto de reglas especiales que ya existen para empresas del Estado como Pemex o CFE, que las exime de cumplir las reglas de competencia bajo el argumento de que cumplen funciones estratégicas detalladas en el artículo 28 constitucional.
La nueva propuesta permitiría que incluso los contratistas —empresas privadas que trabajan con estas entidades estatales— también queden fuera de las reglas de competencia si en su proveeduría o demás funciones y actividades de las paraestatales, llevan a cabo esas actividades estratégicas. Esto significa que no se les podría investigar o sancionar por prácticas anticompetitivas, aunque afecten a otros actores del mercado.
Este diseño puede incluso generar nuevos monopolios que no podría combatir ni siquiera la nueva Comisión Nacional Antimonopolios (CNA), lo que va en contra del objetivo de la reforma. También distorsionaría el mercado en sectores donde conviven empresas públicas y privadas, como el internet, la generación de electricidad, petróleo, gas, el transporte ferroviario, otras telecomunicaciones y la radiodifusión. Todo lo anterior podría ser violatorio de lo que se conoce como principio de “neutralidad competitiva”.
Una autoridad débil frente al poder político
La CNA es la nueva autoridad que reemplazaría a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece). Aunque estaría dirigida por un grupo colegiado, sus integrantes serían designados directamente por el presidente, con aprobación del Senado. Esto elimina procesos técnicos de selección como exámenes de conocimientos, lo cual puede debilitar la autonomía del órgano. La independencia técnica es esencial para que esta autoridad actúe con criterios imparciales, sin ceder a intereses políticos o empresariales.
Posibles tensiones con los compromisos de México en tratados comerciales internacionales
En los diversos acuerdos comerciales internacionales que México ha suscrito —como el T-MEC— el país se comprometió a tratar por igual a empresas públicas y privadas. Si se permite el régimen de excepción del segundo párrafo del artículo 6, es decir, que algunas operen sin cumplir las reglas de competencia, se estarían dando ventajas indebidas. Esta situación podría desencadenar reclamos legales por parte de otros países, especialmente en sectores sensibles, como energía o telecomunicaciones.
Acciones colectivas y opinión reguladora
La propuesta faculta a la CNA para presentar denuncias colectivas. Sin embargo, no actualiza el marco legal, lo que en la práctica podría volver ineficaces esas denuncias. Además, limita la capacidad de la CNA para emitir opiniones técnicas sobre políticas públicas, a menos que el Ejecutivo federal lo solicite expresamente. Ello restringe su papel como asesor experto en el desarrollo de medidas de gobierno que contribuyan a que la población acceda a una mayor oferta de bienes y servicios de calidad a precios asequibles.
Recomendaciones
Desde México Evalúa hacemos un llamado respetuoso al Congreso de la Unión y al Ejecutivo Federal para que corrijan las debilidades señaladas y aseguren que el nuevo marco legal en competencia sirva efectivamente al bienestar de los consumidores y a un crecimiento económico incluyente. Proponemos:
Revisar el objetivo de la ley (artículo 1) para integrar, además de la eficiencia económica, la protección de los derechos de: emprender, de los consumidores y de competir.
Eliminar el segundo párrafo del artículo 6 de la propuesta de ley que permite que cualquier empresa o persona quede fuera de las reglas de competencia si realiza actividades consideradas estratégicas, aunque no sea una empresa del Estado. Esto va más allá de lo que permite la Constitución en su artículo 28.
Fortalecer la independencia de la CNA (artículo 14) con base en ajustes a los mecanismos de selección de perfiles y al proceso de designación de los comisionados de la CNA. Asimismo, la CNA deberá contar con un servicio profesional de carrera.
Modernizar el marco jurídico relativo a las acciones colectivas (artículo 134) para que, en armonía con el de competencia económica, garantice su uso efectivo como herramienta de resarcimiento para los consumidores.
Ampliar las facultades de opinión de la CNA (artículo 12 fracción XIII) para emitir opiniones técnicas sobre regulaciones, leyes y normas relevantes para la competencia económica sin necesidad de una solicitud formal del Ejecutivo.
Clarificar el rol de la CNA para la actuación de agentes económicos no estatales en sectores económicos relacionados con actividades estratégicas establecidas por mandato constitucional como energía, transporte de carga ferroviario e internet provisto por el Estado.
Incorporar criterios adicionales al análisis de concentraciones (artículo 63), como el impacto en empleo, medio ambiente, pluralidad de contenidos, inclusión de pymes y poder de los consumidores, en línea con las nuevas tendencias en prácticas internacionales.
Eliminar el carácter vinculante de la opinión de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (artículo 142), en los casos que involucren a concesionarios de radiodifusión y telecomunicaciones que operen en el mismo mercado y que pudieran limitar el acceso a contenidos plurales para la población. Esto permitirá que la CNA tome decisiones en esta materia con plena independencia técnica.
Incluir como análisis esencial de la iniciativa de ley su impacto presupuestal, considerando los costos para las nuevas funciones que desempeñaría la CNA.
Desde México Evalúa reiteramos nuestro compromiso con el fortalecimiento institucional del país. Una política de competencia bien diseñada es un pilar clave para el crecimiento y desarrollo económico con igualdad de oportunidades.