La Comisión Estatal de los Derechos Humanos en Michoacán inició la queja CEDH/4353/2023 Q, en contra del personal del IMSS, clínica 75, de Morelia, por la presunta violación al Derecho a la protección de la salud, consistente en omitir proporcionar atención médica y surtido de medicamentos a las personas pertenecientes a grupos de atención prioritaria como lo son los adultos mayores.
El caso fue dado a conocer a través de las redes sociales de una derechohabiente que fue testigo de cómo, después de una larga espera en la fila, los pacientes se retiraban llorando pues no les surtían su medicamento si las 7 hojas de la receta no llevaban su nombre y teléfono, por lo que los regresaban al final de la fila.
La denunciante en cuestión, lanzó un llamado a diversos medios de comunicación a fin de dar a conocer la situación por la que pasan todos los días decenas de derechohabientes que son atendidos en esta clínica.
En México el Derecho a la Protección de la Salud se encuentra consignado en el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La queja fue turnada a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
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