– La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Conavim) reconoció las buenas prácticas que realiza la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas (Seimujer) para prevenir y atender la violencia de género. La titular de la Seimujer, Tamara Sosa Alanís, informó que durante el quinto Encuentro Nacional de Enlaces del BANAVIM (Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres), en Chiapas, se destacó que desde el inicio de la administración del gobernador Alfredo Ramirez Bedolla a octubre del 2022, las atenciones y sevicios a mujeres representan el 18 por ciento del total histórico del BANAVIM en Michoacán, además de que se han sumado 46 dependencias distintas. Dijo que esto se debe a que, por primera vez, el funcionamiento del BANAVIM tiene congruencia y validez, dado que existe un expediente único por cada mujer atendida, así como de los servicios brindados por parte de diferentes dependencias encargadas de asistir a las michoacanas y un control de tipificación de la violencia, lo que permite un referente clave para la creación de políticas públicas concretas, con datos georreferenciados e indicadores para la prevención y atención. Sosa Alanís destacó que como referente de estas buenas prácticas se compartió en Chiapas la ponencia del modelo histórico del BANAVIM en Michoacán, a través de la directora de Prevención y Atención de la Violencia y Administradora Estatal de Michoacán del banco de datos, Alejandra Anguiano González, a diversas instituciones y dependencias de 28 estados. Por lo que celebró la aportación de la Seimujer para que más estados puedan coordinar la elaboración de estudios de investigación que permitan identificar los elementos necesarios para el diseño de programas y acciones con perspectiva de género y prevención de la violencia contra las mujeres. Finalmente, recordó que en el capítulo V del artículo 35 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como en el capítulo VIII del artículo 55, se establece la obligación legal de las instancias y dependencias de capturar los casos atendidos en la plataforma del BANAVIM, por lo que exhortó a los municipios que aún no lo están realizando. |