Sin precedentes, la inclusión laboral en la actual CEDH Michoacán

Uno de los derechos fundamentales de las personas se encuentra plasmado en el Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se refiere a que “Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil…”.

Por otro lado, existe la Norma Oficial Mexicana 025 para la Igualdad y la No Discriminación en el trabajo. Además, el derecho al trabajo es un elemento transversal que detona o protege la batería de acceso a otros derechos.

En cumplimiento a ambos preceptos, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Michoacán desarrolla una cultura laboral en la que predomina la inclusión, la diversidad y la accesibilidad.

Son 245 personas servidoras públicas, 101 varones y 144 mujeres, dentro de quienes, el 23% son personas con alguna discapacidad y otro 10% personas de la diversidad sexual y de género, así como de otros grupos etarios y de atención prioritaria.

Con ello se cumplen los parámetros constitucionales, convencionales y legales por encima de lo previsto en la normatividad aplicable.

Se cuenta, además, con un amplio programa de capacitación, actualización y profesionalización, que contribuye al crecimiento, en el ámbito de lo laboral, de quienes conforman la plantilla de personal, a través del Servicio Civil de Carrera.

En resumen, la CEDH construye día a día un espacio laboral igualitario, incluyente, en el que se respeta la orientación sexual, la equidad de género, la discapacidad y la edad, de todas las personas que ofrecen sus servicios en el organismo, generando los ajustes razonables para ello.

baf 15:46

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